Ley de Salud Mental y uso de drogas: Tania Ramírez de MUCD
Fuente: Tania Ramírez, Blog Bajo la Lupa, Documenta A.C., 28/02/2017
Las iniciativas en materia de salud mental presentadas recientemente en Cámara de Diputados excluyen a las personas e ignoran las obligaciones y estándares internacionales en la materia.
La primera iniciativa (que fue retirada y reemplazada por la segunda) abonaba a la criminalización y exclusión de las personas que usan drogas y de las personas con discapacidades psicosociales al, entre otras cosas, crear la figura de internamiento obligatorio (ordenado por autoridad judicial) y establecer numerosas excepciones al consentimiento informado y a la confidencialidad de la información del expediente, lo cual puede generar situaciones de estigmatización y discriminación.
La segunda, presentada por representantes en la Cámara Baja del Partido Acción Nacional y del Verde Ecologista de México, promueve un modelo de salud mental (Modelo Hidalgo) que no está lo suficientemente probado y que ha sido fuertemente cuestionado a nivel local. En ambos casos, las personas usuarias de los servicios de salud mental, quienes deberían ser parte importante en este proceso, han quedado prácticamente excluidas del debate.
Ambas iniciativas carecen de una perspectiva sobre la salud mental como componente fundamental del derecho a la salud de las personas como lo establece el Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; o como la define la Organización Mundial de la Salud (OMS): “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente como ausencia de afecciones o enfermedades”.
Pese a esto, desafortunadamente las personas con discapacidades psicosociales están expuestas a violaciones a sus derechos humanos, como reconoce la OMS, con frecuencia se les estigmatiza y margina, lo cual contribuye a que no se les presten los servicios de salud necesarios ni otros elementos para la vida en comunidad.
Una manera de enfrentar estos problemas es justamente mediante la formulación de leyes y programas acorde con las obligaciones derivadas de instrumentos internacionales, sin embargo, estas dos iniciativas están lejos de contribuir a garantizar este derecho.
Queda además en entredicho la necesidad de una ley de salud mental separada de la Ley General de Salud. En cualquier caso, la salud mental abarca todas las actividades que tengan que ver con el bienestar mental, como la promoción, prevención, el tratamiento y la rehabilitación. Si bien los servicios deben enfocarse con particular atención en las personas con discapacidades psicosociales, también deben ser ofrecidos a la generalidad de la población.
Además, se deberían seguir los estándares más amplios de protección a los derechos de las personas e incorporar entre otras acciones, aquellas contenidas en el Plan de Acción Integral sobre salud mental 2013-2020 de la OMS y el Programa de acción de la OMS para superar la brecha de salud mental.
Entre ellas están proporcionar servicios de asistencia social y salud mental en el ámbito comunitario, fortalecer los sistemas de información, las investigaciones sobre salud mental, así como fortalecer la capacitación basada en evidencia a todos los profesionales sanitarios –especializados y no especializados en salud mental–, y fomentar un enfoque integrado de prestación de servicios de salud mental, especialmente en entornos con escasos recursos, entre otros. Desgraciadamente, parece no haber en el Congreso una visión integral de la salud mental.
La autora es Directora del Programa de Política de Drogas en México Unido Contra la Delincuencia A.C.
Nota original en: documenta.org.mx/blog-documenta/