De 2015 a la fecha, se han resuelto cuatro solicitudes de amparo. A la organización México unido Contra la Delincuencia, que ha colaborado en la estrategia jurídica de dos de esos casos, comenzó a extrañarle que no llegaran más solicitudes de amparo al Alto Tribunal.

“Nos extrañó que después de un tiempo, ya no estaban llegando casos la Corte. Algún fenómeno está pasando, que Cofepris ya no está emitiendo respuestas”, comentó en entrevista Víctor Gutiérrez, Coordinador de Proyectos en la Dirección de Política de Drogas en México Unido Contra la Delincuencia (MUCD).

En su opinión, “Cofepris está usando todo el aparato institucional para evitar dar respuesta y con ellos, prevenir que más gente acuda a un juicio de amparo”.

¿Cuándo fue el último amparo y por qué no se han sumado más?

El amparo se otorga cuando una autoridad comete una acción que niega el ejercicio de un derecho fundamental a una persona. Pero si no hay acto de autoridad, no hay amparo que solicitar.

MUCD ha señalado que la Comisión Federal para Prevenir Riesgos Sanitarios (Cofepris), institución que autoriza la importación de cannabis, ha convertido en un acto burocrático el recibir las solicitudes de importación o consumo de esta sustancia, pone obstáculos para recibir las solicitudes y prolonga hasta por seis meses las fechas de respuesta.

Incluso, MUCD presentó este mes una denuncia ante PGR contra un funcionario de Cofepris por el delito de abuso de autoridad por negar el trámite.

La Cofepris, entre otras facultades, atiende las solicitudes de personas y organizaciones interesadas en el uso medicinal, personal y lúdico de la cannabis.

¿Por qué se frenan los amparos?

Al sumar cinco amparos en contra de los mismos artículos de una ley por considerarla inconstitucional, se crea algo llamado jurisprudencia. La jurisprudencia es como un manual para los jueces en el que prácticamente les dicen: cada que alguien se llegue a quejar de los artículos de la Ley General de Salud (o cualquier otra), automáticamente dales el amparo, explica Víctor Gutiérrez.

En la Primera Sala de la Suprema Corte se han resuelto tres casos y uno en la Segunda Sala. Para crear una jurisprudencia, el número de casos debe ser de cinco en cada sala, ya que no se suman entre las dos.

“Para efectos prácticos, faltan dos casos en la Primera Sala o cuatro casos en la Segunda Sala”, comentó el especialista. “Lo más sencillo es que llegaran dos casos más a la Primera Sala”.

¿Y con la jurisprudencia se legaliza el consumo?

No. Solo tiene efectos para quien acuda al juicio de amparo.

“Está basada en consideraciones que tomaron en cuenta los jueces al momento de hacer la sentencia”, explica, “si se logra conseguir, debería decir que determinados artículos de la Ley General de Salud son inconstitucionales”.

¿Qué dice la Cofepris y qué hace al respecto?

La comisión rechaza tajantemente que haya un abuso de poder o que intente retrasar las resoluciones. Después de la denuncia de MUCD, la Cofepris informó que “de nueve solicitudes presentadas a través de esa organización, seis fueron prevenidas y tres están en proceso de atención dentro del plazo legal aplicable”.

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