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SCJN declara inconstitucional prohibición del uso recreativo de mariguana

admin.mucd
18/02/2019
MUCD en medios, Políticas de Drogas

Con base en ocho tesis que emanaron de cinco amparos otorgados entre 2015 y 2018, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declaró inconstitucional la prohibición del uso recreativo de la mariguana.

18/02/2019, LANETANOTICIAS.COM, Jimena Latapí

Con la emisión de esta jurisprudencia, ningún juez federal de México podrá negar amparos a aquellas personas que los soliciten para el consumo del cannabis.

Actualmente, los jueces tienen libertad de otorgar o negar los amparos de autoconsumo que los ciudadanos soliciten a través de la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), aun cuando la ley prohíbe el consumo de la mariguana.

Es importante mencionar que los amparos que adquieren los consumidores solamente autorizan el cultivo de la planta para su consumo personal, pero su comercialización y consumo en lugares públicos están prohibidos.

Para lograr el veredicto, la Suprema Corte falló contra cinco artículos de la Ley General de Salud, en los cuales se prohibía el uso de psicoactivo desde 1984.

#DíaHistórico

Hoy la @SCJN resolvió dos amparos más sobre el uso adulto de #cannabis, obteniendo el quinto fallo consecutivo para generar jurisprudencia.

En @MUCD estamos muy orgullosos a 5 años de haber presentado el primer amparo. #BoletínDePrensa ➡️https://t.co/ZUfplrVdi4 pic.twitter.com/pKJc1bXgOE

— México Unido (@MUCD) October 31, 2018

El Congreso tendrá un plazo de 90 días para reformar o anular los artículos en cuestión; de no hacerlo, los efectos de estos serán inválidos.

La declaratoria general queda pendiente. Esta debe conseguirse en el pleno de la Corte con mínimo ocho votos a favor.

Los argumentos de las tesis que los ministros tomaron para el dictamen plantean que los artículos de la Ley de Salud afectan la libertad al desarrollo de la personalidad y que ‘la medida no es necesaria debido a que existen medios alternativos a la prohibición absoluta del consumo lúdico de mariguana que son igualmente idóneos para proteger la salud y el orden público’.

El diario Reforma reportó que seis ministros votaron en estos amparos; entre los que otorgaron fallo positivo están: Norma Piña, Alfredo Gutiérrez y Arturo Zaldívar. Jorge Pardo es el único de los participantes que ha mantenido su postura en contra.

La SCJN invalidó los artículos de la Ley General de Salud que prohíben actividades relacionadas con el consumo personal de la mariguana, entre ellas sembrar, cosechar, preparar, cultivar, poseer y transportar el pasado 31 de octubre de 2018.

En noviembre del año pasado, Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación, presentó al Senado una propuesta para regular correctamente el uso del cannabis para fines personales, comerciales y científicos.

Al presentar el proyecto, la legisladora explicó: ‘No queremos más muertos. La iniciativa busca equilibrio y terminar de una vez por todas con la guerra que nos sigue matando’.

Nota completa en: lanetanoticias

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Tags: Amparo Jurisprudencia Quinto Amparo SCJN Suprema Corte
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