Controversia constitucional

contra el acuerdo militarizador

El 11 de mayo de 2020, en plena contingencia sanitaria por el COVID19, el presidente de la República emitió el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para llevar a cabo tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria.

Este acuerdo militarizador tiene vicios muy preocupantes pues no cumple con lo ordenado en la Constitución, pone en riesgo a los principios de seguridad ciudadana e invade competencias que le corresponden a los estados y los municipios. Tanto este acuerdo como la Ley de Guardia Nacional cambian el sistema federalista de coordinación como pares entre Federación, estados y municipios, por un sistema de subordinación ante el Ejecutivo federal.

¿Por qué el acuerdo atenta contra el federalismo y cómo afecta a los municipios?

− Tanto la Ley de la Guardia Nacional como el acuerdo militarizador alteran el funcionamiento del Sistema Nacional de Seguridad Pública, centralizan la seguridad pública, y convierten a la federación en supervisor de los estados y municipios, incluso respecto el ejercicio de su presupuesto.

− La Ley de la Guardia Nacional y el Acuerdo militarizador establecen un sistema alterno de seguridad vertical y autoritario en el que la Federación puede autorizar el despliegue de militares en los estados y municipios sin autorización de estos.

− La Constitución ordena que exista una subordinación del ejército a autoridades civiles, pero el decreto los pone en un plano de igualdad, no de supra-subordinación, ni fiscalización directa.

− El Ejecutivo Federal invadió las competencias del Congreso de la Unión al emitir el acuerdo militarizador.

MUCD conmina respetuosamente a las autoridades municipales de nuestro país a ejercer sus facultades de defensa de la autonomía de sus respectivos municipios para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que disponga los límites de la intervención de la federación en la seguridad pública local.

El plazo para presentar la controversia constitucional vence el 22 de junio de 2020, por lo que ponemos a disposición de las autoridades municipales el mencionado documento, así como el análisis técnico sobre la inconstitucionalidad del acuerdo por encontrarlo útil.

Lo invitamos a consultar el siguiente análisis técnico que contiene los argumentos de inconstitucionalidad del acuerdo

Presenta tu controversia constitucional

Autoridades municipales: tienen hasta el 22 de junio de 2020

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