Comunicado: MUCD celebra que el caso sobre la Ley de Guardia Nacional será analizado por el Pleno de la Suprema Corte
- MUCD presentó un amparo contra la Ley de Guardia Nacional ante la SCJN debido a la militarización de la corporación y violación al carácter civil que ordenó la constitución.
- La Segunda Sala decidió que, por su importancia y trascendencia para nuestro país, el caso debía ser resuelto por el Pleno de la SCJN.
- El pleno de la SCJN tiene la oportunidad histórica de pronunciarse sobre la constitucionalidad de la naturaleza militar de la Guardia Nacional.
- Exhortamos a las y los ministros a elaborar un nuevo proyecto que atienda los argumentos y con el que sea posible la construcción de un México más seguro, más justo y en paz.
Ciudad de México a 30 de junio de 2021.- En abril de 2019 México Unido Contra la Delincuencia interpuso una demanda de amparo contra la Ley de Guardia Nacional (LGN) por violar el mandato constitucional de crear una institución civil. En dicho amparo, MUCD argumentó que la LGN centraliza las labores de seguridad al mando del ejecutivo, invadiendo competencias de estados y municipios y subordinado a las autoridades locales a la Guardia Nacional; que la Ley no establece supuestos que garanticen que la corporación se mantenga como un cuerpo civil; y que no hay mecanismos para asegurar que la participación de elementos de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública al interior de la Guardia Nacional sea extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y fiscalizada.
El caso llegó a la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y el proyecto estuvo a cargo del ministro Franco, quien proponía desestimar el amparo sin estudiar a fondo sus argumentos. Afortunadamente, por acuerdo de los ministros y la ministra que integran esta sala decidieron que, por su importancia y trascendencia para nuestro país, el amparo debía ser analizado y resuelto por el Pleno de la Suprema Corte.
La propuesta de resolución del ministro Franco implicaba aceptar la militarización de la seguridad pública y se negaba a analizarla para establecer límites constitucionales en la participación de militares en tareas de seguridad bajo la excusa de los posibles efectos generales de la sentencia. De haberse aprobado, habría marcado un precedente preocupante con respecto al acceso a la justicia, al limitar el alcance del amparo para defender ciertos derechos cuando la defensa de ellos tenga efectos generales.
En este sentido, exhortamos al Ministro Ponente la formulación de una resolución que analice el fondo de los argumentos y establezca límites a la participación del Ejército en tareas de seguridad pública dentro del marco constitucional, ya que de no modificarse el proyecto, sentaría un precedente preocupante con respecto a la imposibilidad de la ciudadanía para exigir su derecho a la seguridad pública a través del juicio de amparo, y podría dejar zanjada la discusión con respecto al carácter militar de la Guardia Nacional.
La Guardia Nacional debe ser un cuerpo civil y policial como ordena nuestra Constitución, por lo que es esencial que la SCJN tome esta oportunidad para pronunciarse sobre cada uno de los argumentos presentados por MUCD y establecer límites para la participación del Ejército en tareas de seguridad pública. Como tribunal constitucional, el papel de la Suprema Corte es el de defender el orden constitucional, y no de asegurar la existencia y operatividad de la Guardia Nacional cuando ésta es contraria a lo que establece la Constitución.
Por ello, en MUCD exhortamos a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a dictar una sentencia que permita la construcción de un México más seguro, justo y en paz.
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