Comunicado: SCJN valida consumo personal de cannabis pero alista fallo para mantener delito de posesión
- La Primera Sala de la SCJN analizará el 11 de mayo un caso en el que deberá determinar si el delito de posesión simple de cannabis debe seguir existiendo, luego de que en 2019 declarara inconstitucional la prohibición absoluta del consumo personal de cannabis.
- Desafortunadamente, el proyecto del Ministro González Alcántara no invalida el delito y contradice las propias decisiones del máximo tribunal que ya ordenó al Congreso regular el mercado.
- De aprobarse este proyecto, las personas usuarias podrán seguir siendo arrestadas y presentadas al MP por el solo hecho de tener cannabis, y será la autoridad quien determine si la posesión es o no para consumo personal y si la persona debe ir a la cárcel.
- Dada la crisis de inseguridad que vivimos, exigimos que las autoridades se dediquen a la persecución de los delitos que sí dejan víctimas y no a encarcelar personas usuarias. Para lograrlo, es fundamental que la Corte rechace este proyecto y declare inconstitucional el delito de posesión simple de cannabis.
Ciudad de México, a jueves 5 mayo de 2022.- El 11 de mayo próximo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un amparo presentado por México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) para determinar si la posesión simple de cannabis debe o no seguir considerándose delito, luego de que la propia Corte determinara que la prohibición del cannabis es inconstitucional y reconociera que su consumo sin fines de comercio está protegido por el libre desarrollo de la personalidad. Para MUCD la existencia de este delito es problemática porque vuelve imposible el ejercicio de un derecho reconocido, pues no hay consumo sin posesión, y porque agrava la inseguridad al distraer a la autoridad de la persecución de los verdaderos delitos. Además, su existencia permite que la autoridad utilice la amenaza de cárcel para extorsionar usuarios.
Desafortunadamente, el proyecto elaborado por el Ministro Juan Luis González Alcántara no invalida este delito pese a que reconoce que criminalizar la posesión simple de cannabis viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad y no sirve para proteger la salud pública, pues por definición el consumo personal necesita de la posesión y no supone la afectación de la salud de otras personas. Además, el proyecto propone que las personas usuarias puedan seguir siendo detenidas por la policía y presentadas ante el MP para que sea éste quien determine si la cantidad de cannabis que poseen es o no para consumo personal y por lo tanto si deben ir a la cárcel, incluso cuando el mismo considera que es excesivo sancionar esta conducta a través del derecho penal, que debe ser siempre la última herramienta utilizada por el Estado para dar solución a un problema.
De aprobarse este proyecto la Corte estaría cayendo en una incongruencia que tendrá consecuencias claras para las personas. Mientras exista este delito, continuará la contradicción de poder consumir sin poder tener y se perpetuará la amenaza para las personas usuarias de ser detenidas, extorsionadas e incluso injustamente encarceladas dependiendo de si la autoridad determina que son consumidoras o no. Resulta insostenible que a 7 años de la primera sentencia que reconoció el derecho de las personas a consumir cannabis (amparo SMART), la Suprema Corte dude si debe ser delito la posesión simple de cannabis. Por ello, hacemos un llamado para que las y los Ministros voten en contra del proyecto y elaboren uno nuevo en el que declaren inconstitucional el delito de posesión simple de cannabis. Solo así permitiremos que los recursos policiacos se enfoquen en atender la crisis de violencia por la que atraviesa nuestro país.
Contacto para prensa: Ulises Vera | Director de Comunicación | l.vera@mucd.org.mx
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